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Academia de la Historia del estado Zulia rechaza actuaciones de la Fundación Luxburg-Carolath

MARACAIBO.- A través de un pronunciamiento oficial, la Academia de Historia del Estado Zulia (AHEZ) rechazó las recientes actividades realizadas por la Fundación Luxburg-Carolath, por considerarlas ahistóricas y carentes de fundamentos, en el cual además solicitan una investigación para que se aclare la supuesta cesión, a esta fundación, del cementerio privado El Cuadrado, Patrimonio Regional.

A continuación el comunicado:

La Academia de Historia del Estado Zulia, en el ejercicio de sus competencias establecidas en los artículos 3 y 4 de la ley que rige su funcionamiento, realiza el siguiente pronunciamiento con el propósito de orientar a la ciudadanía zuliana y a sus instituciones, acerca de los principios que deben prevalecer al reconocerse el valor y trascendencia de los personajes de nuestra historia y la defensa del patrimonio histórico regional y nacional.

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En tal sentido, según información ofrecida por algunos medios digitales en el marco de los 492 años de la primera fundación de Maracaibo, la Fundación Luxburg-Carolath organizó algunas actividades conmemorativas, entre las que podemos señalar:  a) el traslado de los restos mortales (cenizas) de Ambrosio Alfinger (Ambrotius von Ehinger), desde Chinácota (Colombia) hasta Maracaibo; b) su registro legal mediante acta de defunción en la parroquia Bolívar del municipio Maracaibo; c) la inhumación de Alfinger en el cementerio El Cuadrado, de Maracaibo.

En relación con las referidas actividades, la Academia de Historia del Estado Zulia expresa lo siguiente:

1. Al día de hoy, no existe una investigación científica de carácter interdisciplinario, que pueda dar razón del paradero de las cenizas de Ambrosio Alfinger, quien al morir flechado en las cercanías de Pamplona (Colombia) fue sepultado en una zona cuya ubicación es imprecisa; lo que a su vez imposibilita el estudio forense de sus restos mortales (consumidos por procesos naturales a lo largo de varios siglos), sin que sea viable su identificación.

 2. Carece de fundamento legal e histórico insertar un acta de defunción de Ambrosio Alfinger en la parroquia Bolívar del municipio Maracaibo. Esta iniciativa no contribuye con el reforzamiento de la identidad zuliana, por ser anacrónica y vacía de argumentos históricos, además de contraria a los procedimientos legales que rigen la materia. Así, cualquier constancia del registro civil requiere que el funcionario competente corrobore, por medios razonablemente probatorios, el hecho que da lugar al estatus jurídico. En el caso de defunción, es necesario, además, la constancia médica o el levantamiento del cadáver. En forzosa ausencia de uno de estos requisitos y para hacer constar, en diferido, la muerte de una persona, debe primar un documento histórico suficientemente fundamentado. Tal documento, en el caso de Alfinger, no existe; solo coincidiendo los historiadores en que fue muerto a flechazos en los derredores de Chinácota, sin que haya precisado sitio exacto.

3. La inhumación de unas cenizas atribuidas a Ambrosio Alfinger en el cementerio El Cuadrado de Maracaibo, no debió hacerse asignándole valor histórico a dichas cenizas; por tanto, el contenido real de esta iniciativa es meramente simbólico.

4. Los actos conmemorativos realizados por la referida fundación, alertan a esta Academia sobre otra situación patrimonial conexa y pertinente, como es solicitar se investigue y clarifique la supuesta cesión del cementerio privado El Cuadrado a la Fundación Luxburg-Carolath –citada en la página web de ésta– por quien dice ser presidente de su junta directiva, toda vez que quien ejerce actualmente este cargo, según la documentación registrada, no tiene cualidad para hacerlo, ya que no fue elegido y actúa sin ningún otro miembro de la junta, la cual no ha sido constituida legalmente. El cementerio El Cuadrado es, además, patrimonio regional y no puede ser enajenado, ni cedido, sin que intervenga el Instituto de Patrimonio Cultural que, al ser consultado por esta Academia, desconoce tal cesión, lo cual quebranta la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, vigente en Venezuela desde 1993.

5. La verdad de los hechos que afectan a estos dos asuntos patrimoniales debe establecerse y orientar el desarrollo de cualquier actividad conmemorativa que procure enaltecer y valorar, en forma equilibrada, el legado de los personajes de nuestra historia. En consecuencia, la Academia de Historia del Estado Zulia invita a las instituciones civiles, militares y eclesiásticas a procurar la debida asesoría en materia de Historia, a la hora de respaldar con su acompañamiento, por muy buena fe que las inspire, actividades conmemorativas de hechos o personajes de nuestro devenir histórico.

6. Finalmente, la Academia de Historia del Estado Zulia, fiel a su compromiso de apegarse a la verdad de los hechos de nuestra historia, considera injustificada e inconcebible la declaración de un representante de la Fundación Luxburg-Carolath (de fecha 14 de junio de 2020, publicada en el medio digital «Portal de Noticias»), según la cual esta fundación “fue responsable de la construcción del Puente sobre el Lago de Maracaibo General Rafael Urdaneta”.

Tal aseveración es ahistórica y plenamente desmentida por la verdad de los hechos que hicieron posible esta magnífica obra de ingeniería. En Maracaibo, estado Zulia, a los veintidós (22) días del mes de octubre de 2021.

DIOS, PATRIA Y ZULIANIDAD.

Édixon Ochoa Barrientos Presidente Encargado

Pedro Romero Ramos Secretario

Reyber Parra Contreras Tesorero

Ada Ferrer Pérez Bibliotecaria

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