DESTACADONACIONAL

AN aprobó Acuerdo que promueve consulta popular para realizar elecciones libres

La Asamblea Nacional aprobó este martes en Sesión ordinaria un Acuerdo para promover una consulta popular para realizar elecciones libres justas y verificables.
El documento señala desplegar todas las iniciativas y esfuerzos nacionales e internacionales, que conduzcan a la realización de elecciones libres, transparentes, democráticas, justas, verificables de conformidad con los principios constitucionales y las leyes que rigen la materia.
Asimismo, insta a convocar con fundamento en los artículos 1, 3, 5, 6, 70 y 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, una consulta popular que permita obtener una manifestación inequívoca de la soberanía del pueblo sobre las siguientes preguntas:

  1. ¿Apoya usted todos los mecanismos de presión nacional e internacional para que en el marco de la Constitución se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, se ponga fin al régimen usurpador de Nicolás Maduro Moros, se salvaguarde al pueblo de Venezuela de la crisis humanitaria, la migración forzosa y los crímenes de lesa humanidad y así se garanticen la paz, el bienestar y el progreso de los venezolanos?
  2. ¿Rechaza usted el evento convocado por la dictadura de Nicolás Maduro Moros para el 6D, o para cualquier otra fecha, mientras no existan condiciones para elecciones libres, justas y verificables y solicita a la comunidad internacional el desconocimiento de sus resultados?
    El documento aprobado exhorta a la Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Unión Europea y a toda la comunidad internacional a continuar respaldando a esta legítima Asamblea Nacional y a su Presidente Juan Guaidó, como expresión de la voluntad popular manifestada en las elecciones del 6 de diciembre de 2015 y acompañarlos en el proceso de celebración de la consulta popular.
    Asimismo indica, crear el Comité Organizador de la consulta popular que se dictará su reglamento y tendrá las siguientes funciones:
  3. Organizar, administrar, supervisar y vigilar los actos relativos a la consulta popular.
  4. Realizar campañas institucionales de información y de divulgación, para la cabal comprensión de la consulta popular.
  5. Totalizar, adjudicar, proclamar, con base en las actas de escrutinio, la consulta popular.
  6. Participar a las autoridades que corresponda y publicar los resultados de la consulta popular.
  7. Acreditar a las observadoras y los observadores nacionales o internacionales de la consulta popular.
  8. Dictar las normas y los procedimientos conducentes a la organización, dirección y funcionamiento de la consulta popular, así como controlar, planificar y normar sus actividades en las circunstancias excepcionales que vive el país.
  9. Garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales.
  10. Garantizar y promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos en la consulta popular.
  11. Designar el Comité Técnico de la consulta popular.
    De igual forma, el texto apunta en designar al Comité Organizador de la consulta popular conformado por siete (7) integrantes que sesionará y decidirá válidamente con la mayoría absoluta de los mismos.
    El escrito solicita dar reconocimiento, validez y publicidad a las nomas que el Comité Organizador apruebe para celebrar la consulta popular. Tales normas deben cumplir los siguientes principios básicos atendiendo la especial circunstancia que vive el país:
  12. La consulta debe proteger la seguridad de los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a la participación.
  13. La consulta podrá celebrarse en uno o varios días sucesivos de acuerdo a las circunstancias de servicios, razones técnicas y seguridad que así lo ameriten.
  14. La consulta debe permitir la participación de todos los venezolanos aptos para votar en cualquier parte del mundo.
  15. La consulta podrá utilizar como plataforma para el ejercicio del derecho a la participación todos los medios disponibles, permitiendo la participación mediante plataformas mixtas: electrónica, correo convencional, presencial, itinerante y cualquier otro mecanismo que la tecnología permita.
  16. Todos estos mecanismos deben cumplir los extremos para que el voto sea personal, único, exclusivo, confiable, secreto, universal y directo.
    Por ultimo exhortar a la comunidad internacional a reconocer y respaldar los resultados de la consulta popular.

elregional

Diario de contenido informativo, noticias del acontecer local, regional, nacional e internacional “El Regional del Zulia"

LOGO EL REGIONAL DEL ZULIA - BOTON PRINCIPAL

Suscríbete a nuestro boletín

Reciba nuestro resumen con las noticias más importantes directo a su buzón.