CABIMAS . – Durante una reunión que sostuvieron, representantes de los diferentes cuerpos de seguridad del municipio Cabimas, se acordó que los puntos habilitados para la comercialización de los fuegos artificiales son los comercios de la Carretera «H», avenida Cumaná y Casco Central.
El comisario, Gilberto Vásquez, director de Seguridad Ciudadana del municipio Cabimas, indicó que en esta primera mesa de trabajo en la que se contó con la participación de representantes del Cuerpo de Bomberos de Cabimas (CBC), Policía Nacional, Regional y Municipal, Protección Civil (PC), VEN 911, Servicios Públicos y Mercado de Detallistas, se acodó que en el caso de la carretera H, ya están autorizados cuatro establecimientos, mientras que en el resto de los puntos autorizados se evalúa la cantidad de locales destinados para la venta.

comisario, Gilberto Vásquez, director de Seguridad Ciudadana del municipio Cabimas
Puntos prohibidos para la venta de fuegos artificiales
Puntualizó, el máximo representante de Seguridad Ciudadana, que en la avenida Intercomunal está totalmente prohibida la venta de fuegos artificiales.
Horarios establecidos para la venta de fuegos artificiales
Respecto a los horarios establecidos para la venta de fuegos artificiales, acotó que serán rutinarios. “Los fuegos artificiales se podrán comercializar entre las 8:00 de la mañana y las 5:00 de la tarde respectivamente”.
Sanciones
Refirió que las personas que no poseen ningún tipo de documentación y permisos otorgados por el Cuerpo de Bomberos de Cabimas (CBC), se decomisará la mercancía y serán remitidas inmediatamente hacia el Destacamento 113 de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y posteriormente. “Estaremos desplegados para verificar la venta legal de los fuegos artificiales”, aseguró el comisario.
Llamado a los comerciantes
Se extendió el llamado a todos los comerciantes que expenden fuegos artificiales a cumplir la ley y evitar la veta del producto a menores de edad, lo cual está totalmente prohibido, según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) en su artículo 92 que reza que se prohíbe la venta o facilitación de fuegos artificiales a menores de edad en Venezuela.
Gayledys Barrientos
Fotos y video: Yesenia Miranda
EL REGIONAL DEL ZULIA
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