MARACAIBO-ZULIA

Locales comerciales deben tener dispensadores para lavado de manos

Maracaibo. Supermercados, panaderías, farmacias y establecimientos exceptuados en el decreto 0024 municipal, deben garantizar en sus  entradas dispensadores para el lavado de manos con agua y jabón, gel desinfectante o alcohol  y mantener la limpieza  frecuente de las superficies y objetos expuestos a los usuarios durante la emergencia generada por el COVID-19.

Así lo informó el director ejecutivo y de Seguridad Ciudadana de la Alcaldía de Maracaibo, César Garrido, quien destacó que dichos establecimientos deben  adoptar al menos 14 normas de protección para todos sus clientes y los trabajadores de estos locales.

«Las medidas en su conjunto están dirigidas a evitar las concentraciones y aglomeraciones en los centros de compras, y al cumplimiento absoluto de las normas de higiene y limpieza», precisó Garrido.

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En este sentido, el ayuntamiento supervisa el cumplimiento de los horarios de labor de 8:00  a. m.  a 2:00 p. m. con la salvedad de las farmacias, que deben cumplir con los turnos de 24 horas ante casos de emergencia.

También debe mantenerse el uso permanente de la mascarilla y el distanciamiento preventivo mínimo de un metro entre clientes, proveedores, compañeros de trabajo y usuarios en general; aún en las colas de espera para el ingreso al establecimiento.

El instrumento regulatorio recomienda que los servicios para entregas a domicilio deben evitar el uso de transacciones con dinero en efectivo o tarjetas, acordar pagos a través de transferencias y evitar el ingreso del personal a las viviendas y mantener el metro de distancia con el cliente.

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