POR: DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA
Continuando con mis reflexiones en estos días de cuarentena, hoy tratare lo referente a la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que el próximo 15 de este mes de Diciembre cumple 21 años de haber sido aprobada en un referéndum por el 45% de los electores legalmente inscritos en esa oportunidad y un 55% de abstención electoral. En líneas generales, sobre lo que es una Constitución existen varias definiciones, nosotros nos acogemos a la que nos da el tratadista Adolfo Posada, en su obra Derecho Político, definiéndola como la expresión del régimen jurídico de un Estado con respecto a la organización de los poderes y las instituciones en las cuales encarna prácticamente el ejercicio de la soberanía y las limitaciones del Estado frente a los derechos individuales. A la constitución vigente se le hizo una enmienda en fecha 15 febrero 2009 y en opinión de la mayoría de los constitucionalistas, ha sido violada en su vigencia a través de la legislación, decisiones judiciales y acciones materiales. Esta constitución tiene un contenido que implica una combinación de elementos liberales y republicanos en una armonización de valores, que se refleja en la regulación tanto de los valores superiores de la libertad y la igualdad como en el reconocimiento y protección de los principales derechos humanos. Pero de forma contradictoria, la constitución recoge en su texto aspiraciones de cambio de diversos sectores del país, incluyendo elementos claves para la conformación del régimen imperante, que han favorecido el renacer del personalismo político que parecía propio del siglo XVIX y que el mismo se ha instalado acompañado de un proceso de concentración del poder, tendencia observable desde el momento mismo de la promulgación de la constitución. Este proceso de concentración de poder se corresponde con una estrategia de relación directa líder – masa, asumida como parte de un proyecto político. En otro aspecto cabe destacar, que el proceso de descentralización política y administrativa consagrado en la constitución no se ha llevado a cabo en realidad porque lo que ha habido más bien es una concentración del poder mediante el control de recursos, la infuncionalidad del Consejo Federal de Gobierno y la contribución operativa de la fuerza armada, así como con la implementación de la polarización político electoral, continuada a lo que ha contribuido la actitud de algunos sectores de oposición. Finalmente diremos que a los 21 años de la vigencia de la Constitución Nacional, somos del criterio que a ella deben hacérsele algunas modificaciones mediante enmiendas o reformas constitucionales, sobre todo lo relacionado con la elección indefinida del Presidente de la República Gobernadores y Alcaldes.
Individuo de número de la Academia de Ciencias Jurídicas del Estado Zulia