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SOBRE LA DESCENTRALIZACION Y LOS MUNICIPIOS

por Mileydi Piña
ALIRIO FIGUEROA

POR: DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA

Individuo de número de la Academia de Ciencias Jurídicas del Estado Zulia

Consagra la vigente Constitución Nacional en su artículo 4 que la República Bolivariana de Venezuela es un estado federal descentralizado en los términos consagrados en la Constitución y rigiéndose por los principios de seguridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia, y corresponsabilidad.

El tema de la descentralización ha sido polémico, porque para muchos tiene un costo político y económico muy grande que los gobiernos no quieren afrontar. En este orden de ideas, podemos afirmar que no obstante que la constitución habla de una federación descentralizada, en la realidad esto no ha sido efectuado porque factores políticos centralizadores impiden llegar a un verdadero cambio y a una verdadera descentralización. De allí que sostengamos que el verdadero federalismo descentralizado tiene que aplicarse de acuerdo a la constitución.

En la descentralización los municipios deben jugar un papel fundamental; siendo necesario que los propios estados sean los que determinen, orienten y pongan en práctica la participación mas definida de los Municipios. De allí que sostengamos que el verdadero federalismo descentralizado tiene que cobrar vitalidad para que de este modo la democracia y la descentralización salgan robustecidas.

La autonomía verdadera debe ser aplicada y los recursos deben llegar a los Estados y Municipios que representan la verdadera descentralización, muy especialmente la municipal, cuya fuente de financiamiento dependen también de la legislación nacional y estadal. Sobre este tema, hemos observado que, a pesar que la constitución nacional derogada de 1961, no consagro un federalismo descentralizado; sin embargo durante su vigencia, se hicieron intentos de ir a la descentralización y así tenemos, por ejemplo, que a partir de 1989 fueron sancionadas la Ley sobre Elección y Remoción de los Gobernadores de Estados y la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público.

Lamentablemente este proceso de descentralización a pesar que lo consagra la constitución vigente, no se ha llevado a efecto y se han sancionado leyes muy centralistas.

Dr. Alirio Figueroa Zavala | Abogado

 

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