La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el «recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo cautelar» contra el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).
Según lo reseñado por el Poder Judicial, «la parte actora incumplió los extremos de ley, al no acompañar al libelo, con original o copia del presunto ‘acto administrativo’, como documento fundamental de toda demanda; entre otras deficiencias».
En ese sentido, el TSJ acotó que esto conllevó a la inadmisibilidad de la pretensión conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa: «La demanda se declarará inadmisible en los supuestos siguientes: (…) 4. No acompañar los documentos indispensables para verificar su admisibilidad (…)».
TSJ declara inadmisible demanda ejercida contra un supuesto acto de la Onapre https://t.co/FM9WFhE7az pic.twitter.com/FQZzvaG81Y
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) August 24, 2022