domingo, mayo 5, 2024
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Banco Central de Venezuela ordena suspender pago de servicios en dólares

El Banco Central de Venezuela (BCV) ordenó a la banca universal y los microfinancieros que deben suspender de manera inmediata los productos financieros que permitan pagar bienes y/o servicios en moneda extranjera en Venezuela con cargo a las cuentas en divisas de los pagadores.
A través de un comunicado publicado en su página web enfatizó que el cese inmediato de cualquier producto o servicio “se considera un retiro en efectivo de una cuenta a otra, en atención a la falta de actuación de un corresponsal en el exterior en la transacción, operación que no está autorizada por el Instituto”.
El instituto emisor advirtió que cualquier empresa que ofrezca este servicio está contraviniendo “los artículos 2.14 y 23 de la Resolución N° 18-12-01 del 04/12/2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17/12/2018, contentiva de las ´Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago que Operan en el País”.
Puntualizó que “la movilización de dichas cuentas, deberá efectuarse mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior, siendo que el retiro en efectivo con cargo a dichas cuentas se efectuará en los términos dictados por el Banco Central de Venezuela al efecto”.

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