domingo, mayo 5, 2024
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AN aprobó impuesto entre 2 y 20% a las transacciones en divisas y criptomonedas

CARACAS.- En sesión plenaria, la Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF). Este instrumento jurídico impone un tributo para las transacciones en divisas y criptomonedas.

De acuerdo con el informe presentado por la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional y que firma el diputado Jesús Faría, presidente de esa instancia, “la política tributaria debe garantizar una articulación coherente con la política fiscal, monetaria y cambiaria. En ese marco, resulta necesario garantizar un tratamiento al menos igual, o más favorable, a los pagos y transacciones realizados en moneda nacional o en criptomonedas o criptoactivos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela versus los pagos realizados en divisas”.

La reforma busca, además, “incentivar en términos tributarios el uso del bolívar, haciendo más barato su uso respecto de las divisas, apoyando así al fortalecimiento gradual de nuestra moneda nacional”, señala el informe.

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En este sentido, la Ley de Reforma persigue que las transacciones en divisas paguen un impuesto sobre los débitos y transacciones al menos igual o superior al que hoy pagan los débitos en bolívares.

El proyecto aplica el impuesto para estas transacciones con una tasa que va desde 2% a 20%, arrancando en 2,5% para toda transacción en divisas o en criptomonedas, hasta tanto el Ejecutivo establezca una alícuota distinta.

Para llevarlo al plano práctico. Si un consumidor, por ejemplo, cancela 100 dólares por una compra en un supermercado, deberá pagar un impuesto de 2,50 dólares. Al final estaría cancelando 102,50 dólares.

Más detalles sobre la reforma de la ley

Por otro lado, en la reforma se reconoce la existencia de actores que pueden tener transacciones que se consideran exentas por la naturaleza de su gestión, tales como los pagos que realiza el Estado y el BCV, así como las operaciones cambiarias, “permitiendo al Poder Ejecutivo conceder exoneraciones cuando fuere necesario, a fin de permitir una adecuación más fácil al nuevo marco tributario”, indica el informe que aprobó el Parlamento.

Aclara que las exoneraciones concedidas a transacciones en moneda extranjera deberán ser igualmente otorgadas a las operaciones realizadas en moneda de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela.

En resumen, la reforma está compuesta por ocho artículos. Se plantea la modificación de cuatro artículos (4, 8, 13 y 14) del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley actualmente vigente y se agrega el capítulo VII con cuatro nuevos artículos (23, 24, 25 y 26).

Con información de HispanoPost

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