OPINIÓN

¿ANTE LA INMINENTE DESINTEGRACIÓN, ES LA SECESIÓN EL CAMINO ?

POR: RAÚL OCHOA CUENCA

La secesión se define como un acto por el cual parte de la población de un estado decide separarse  voluntariamente de ese estado, ya sea para constituirse en una entidad estatal independiente o para unirse con otro estado, mientras que el proceso secesionista representa la  forma en que la voluntad y el acto de secesión se manifestará y formalizará lo cual está basado en el principio del derecho de libre determinación de los pueblos, o como derecho de autodeterminación, es el derecho de una comunidad a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de equidad.

El derecho de secesión es una cuestión que ha sido históricamente  fuente de conflicto ya que impacta frente al derecho de integridad territorial. Este concepto de la secesión no es nuevo, ha estado históricamente marcado por  grandes eventos, a menudo bélicos como la Guerra civil estadounidense o el proceso de  descolonización en el continente americano y hacia los años 60 del siglo pasado, la sangrienta guerra franco argelina y  recientemente en los años 90 del siglo XX la desintegración de Yugoslavia como consecuencia de la implosión de la URSS y que originó la secesión que convirtió en  estados soberanos repúblicas que estuvieron confederadas en la antigua URSS.

Me refiero desde Ucrania, a Bielorrusia, a los tres países bálticos, Letonia, Estonia y Lituania, como también a los países situados en el continente asiático:  Kazajstán, Uzbekistán, Tayikistán, Kirguistán y Turkmenistán. Sin olvidar a Georgia, Azerbaiyán, Armenia y la República de Moldavia.  La mayoría de estos casos revelan que el proceso secesionista es ante todo una expresión política que el derecho nacional o supranacional lucha por retener. La dificultad de aprehender por la ley se explica en gran parte por una noción aquí ineludible que es la soberanía del Estado, en la medida en que ser soberano postula una reticencia y en muchos casos de total contravención al ordenamiento jurídico el desmembramiento de la comunidad de referencia y creando obstáculos de peso para contravenirla. Los primeros elementos de un marco  jurídico se encuentran, sin embargo, en los principios del derecho internacional, del  derecho de los pueblos a la libre determinación.

Veamos el concepto político de “derecho a decidir” y su transformación en un derecho real basado en principios democráticos. “Este concepto jurídico, cuyos titulares o protagonistas  serían los individuos, siendo su ejercicio colectivo, se define como el derecho de los miembros de  una comunidad territorial y organizada democráticamente a redefinir su estatus político e institucional, incluyendo la posibilidad de crear un nuevo estado luego de una negociación.”  El análisis finalmente explora otras posibilidades para iniciar un proceso de secesión correctiva a la  luz del derecho internacional, en caso de que el ejercicio de este derecho sea totalmente impedido.

La motivación que inspira esta nota,  lo cual he reafirmado en el escrito del dia 13 pasado, donde podemos ver con datos precisos el desmembramiento del tejido social e institucional de la República Bolivariana de Venezuela, al haber el órgano administrativo (gobierno) priorizado con consecuencias letales, el utilizo de los recursos de la nación en beneficio de minorías agrupadas en intereses materiales y en desmedro de lo previsto en el concepto de nación soberana como es el  prever y el velar por la vida  en su concepto el más amplio, de las personas agrupadas en esa nación.

Es el deterioro diario que como nación presenta  Venezuela y por tanto la necesidad de proponer una solución a esta grave situación que se plantea especialmente  en las regiones fronterizas, en las cuales podemos ver la pérdida de los tres grandes principios por los cuales el Derecho Internacional considera una nación como tal. Territorio, población y gobierno, aspectos estos ya analizados más profundamente en la entrega  anterior.

Tomo como ejemplo de esta situación las regiones zuliana y de los llanos centrales, en las cuales su territorio está comprometido ante la ocupación de ejércitos irregulares extranjeros, su población decrece y en cuanto al tercer componente de la nación, el gobierno o sea el órgano ejecutivo o administrativo, o no puede o no desea cumplir esas funciones, siendo varias de ellas, como es notorio, ejercidas por fuerzas armadas irregulares foráneas.

Ante  este proceso de desintegración de la República Bolivariana de  Venezuela como nación soberana, la legítima representación de las comunidades podrían encontrarse en la necesidad de plantear la posibilidad de discutir, esperando que  sea bajo las instancias creadas a tales efectos, la apertura de un proceso de  secesión, pudiendo  acceder a un mecanismo por el cual la regiones que así y democráticamente lo exigiesen y acogiéndose al principio universal del derecho de los pueblos a la autodeterminación, puedan darse las instituciones que las conviertan en naciones buscando el mejoramiento de las condiciones socio económicas de la población.

Para esto me permito citar la teoría conocida como la corriente estatista defendida por el profesor Allen Buchanan (Duke University) la cual sostiene que la secesión sería justificada cuando el Estado  pone en peligro la integridad de los ciudadanos de una parte de su territorio, es decir, que vulnera los derechos fundamentale de una minoría territorial, independientemente si lo hace en forma particular o general. Los argumentos a favor de replantearse las fronteras estatales no se basan únicamente en consideraciones prácticas acerca de los valores democráticos y del respeto de las libertades, del incremento de la seguridad y de una mayor libertad de mercado, nos dice Allen Buchanan en su libro Secesión, causas y consecuencias del divorcio político. Ariel, 2013.

Y es exactamente el caso que hoy nos ocurre, ya que la aplicación de esta doctrina se interpretaría como un instrumento reparador por la vulneración de los derechos fundamentales de un pueblo. Esta nota tiene como objetivo el llamar la atención, que mientras se continúa a discutir sobre el concesionario de la Ferrari en Venezuela, o cual es el Bodegón de Las Mercedes que importa el mejor foie gras de Caracas, una  nación, otrora rica, está en  proceso de diezmar su población, de perder su territorio y de ser gobernado por bandas de delincuentes, dicho con otras palabras, en no reunir las condiciones mínimas para ser considerada como nación soberana por los países que conforman el concierto de las naciones.

Los derechos conllevan deberes, en Venezuela esa máxima de civilidad no es respetada. Por lo que sostengo que la desintegración de la República Bolivariana de Venezuela como nación soberana no sólo es probable, sino que podría ser inminente.

 

Raúl Ochoa Cuenca. En Anfi del Mar escrito el 16 de febrero de 2021 y actualizado en noviembre del año 2022.

 Fuentes:  Revista de Derecho Público del Instituto Universitario de Francia, Joe Verhoeven, Droit international public, Bruxelles, De Boeck  Boeck. www.universalis.fr/encyclopedie/droit . Secesión, Causas y consecuencias del divorcio político. Allen Buchanan. Ediciones Ariel, 2013. Diario El País. edición del 26 de mayo del año 2013.

 

 

 

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