lunes, mayo 6, 2024
OPINIÓN

DIA DEL TRABAJADOR

 

POR: DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA

Individuo de número de la Academia de Ciencias Jurídicas del Estado Zulia.

En este día se está celebrando el Día Internacional del Trabajador, el cual es día feriado en la mayoría de los países con exclusión de los Estados Unidos de América, Canadá y otros países que no celebran la conmemoración en este día, ya que en su lugar celebran el Labor Day el primer lunes de septiembre.

En relación a este día, conviene tener presente que la última Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras, va a cumplir 11 años de haberse promulgado; y por esta razón, estimamos pertinente hacer unos breves comentarios sobre la ley laboral venezolana, que tiene su antecedente más sólido y abundante en la época de la colonia, donde encontramos un estupendo monumento jurídico conocido con el nombre de “Recopilación de las Leyes de los Reinos de Indias”.

Lo que se conoce como la primera Ley del Trabajo, fue la del año 1.928, que nunca se aplicó. En el año 1.936, se dictó la Ley del Trabajo que  tuvo un amplísimo tiempo de vigencia hasta el año 1.990 cuando fue sancionada la Ley Orgánica Trabajo, que como todas las leyes laborales, provocó un sinnúmero de opiniones, favorables unas y desfavorables las otras.

Dicha Ley en el transcurrir del tiempo tuvo varias reformas como fueron la de 1.945, 1.947, 1.966, 1.974, 1.975 y 1.983. En el año 1.990 fue sancionada Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que encontró una fuerte oposición por parte del sector empresarial, que en el fondo utilizaron argumentos iguales o parecidos a los que se hicieron contra la ley del trabajo de 1.936. Posteriormente la Ley fue reformada en el año de 1.997; y, en el año 2.011 nuevamente sufre una reforma donde se elimina lo relacionado con el trabajo de los conserjes.

Al sancionarse la vigente Constitución Nacional en 1.999, se dispuso en el numeral 3 de la disposición transitoria 4, que dentro del primer año, a partir de su instalación, la asamblea nacional aprobará mediante la reforma de la LOT un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales, reconocido en el artículo 92 de la constitución, el cual integrara el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de 10 años.

La Asamblea incumplió el anterior Mandato Constitucional y después de haber transcurrido más de 10 años, por intermedio del Presidente de la República, haciendo uso de una Ley Habilitante dictó el Decreto Presidencial número 8.938 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadoras y Trabajadores (LOTTT), publicado en la Gaceta Oficial 6.076 extraordinaria de fecha 7 de mayo de 2.012; entrando en vigencia a partir de esta fecha, con excepción de algunas disposiciones expresamente señaladas en las disposiciones transitorias.

Luego de 11 años de vigencia de la LOTTT sería conveniente analizar el resultado de su aplicación, es decir, en que ha beneficiado a los trabajadores, a los patronos y al país, lo cual haremos en otra oportunidad.

DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA

 

LOGO EL REGIONAL DEL ZULIA - BOTON PRINCIPAL

Suscríbete a nuestro boletín

Reciba nuestro resumen con las noticias más importantes directo a su buzón.