OPINIÓN

LAS ELECCIONES DEL 21 NOVIEMBRE 2021

POR: DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA

Individuo de número de la Academia de Ciencias Jurídicas del Estado Zulia. 

El próximo domingo 21 del presente mes y año se llevarán a cabo elecciones para elegir Gobernadores, Alcaldes, Diputados a los Consejos Legislativos Estadales y los Concejales.

Desde un punto de vista lógico y normativo, las elecciones competitivas – pluralistas, se presenta generalmente como el criterio típico de una democracia.

Nuestra vigente constitución nacional consagra una normativa sobre las elecciones, específicamente en el artículo 62, cuando expresa que todos los ciudadanos tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos. Asimismo el artículo 63, prescribe que el sufragio es un derecho, que se ejerce mediante votaciones libres, universales, directas y secretas; y que, la ley garantizara el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional.

Todo esto es así para facilitar que los individuos tengan una influencia en la configuración y acción del Estado, postulando un conjunto de garantías a los ciudadanos, como la libertad de expresión, de reunión y de asociación y participación política.

De manera que la libertad del voto significa que los ciudadanos deben estar en condiciones de poder decidir según su propia conciencia cuál de las opciones prefieren; y una de las garantías de esa libertad, es precisamente el secreto del voto. Pero esta libertad del voto a nuestro parecer, implica no solo la protección frente a presiones externas, sino también el derecho a tener una información adecuada de las ofertas electorales. Para lograr esto, las proposiciones de los diferentes partidos y candidatos debe llegar con veracidad a los electores.

El Estado en este sentido, debe propiciar que todos los participantes tengan un nivel suficiente de acceso a los medios de comunicación a fin de garantizar el mencionado derecho a la información que es un elemento integrante de la libertad del voto correctamente entendida. Cabe destacar, que la vigente constitución nacional creo el Poder Electoral nacional previsto en los artículos 292 al 298, ambos inclusive, el cual se ejerce por el Consejo Nacional Electoral y tiene como función principal regular todo lo relativo a las elecciones.

Esperamos que las elecciones sean imparciales y que el ciudadano se anime a votar por los candidatos de su preferencia y lograr los cambios necesarios que deban generarse.  

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